sábado, 17 de julio de 2021

Rechazan frenar ley que ordena a editoriales entregar copia de sus libros a bibliotecas públicas


Por: Rubén Mosso

Un juzgado federal rechazó frenar la reforma a la Ley General de Bibliotecas, que obliga a las editoriales entregar copia de ejemplares de todas sus ediciones y producciones, para su consulta y preservación, o de lo contrario serán acreedores a multas equivalentes a 50 veces el precio de venta al público de los materiales no entregados.

La reforma entró en vigor en junio pasado y establece que los materiales se entregarán dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha de su edición o producción, con excepción de las publicaciones periódicas que deberán ser transmitidas, tan pronto sean puestas en circulación.

El estatuto fue impugnado por Springer Nature México, editorial global que provee de servicios a la comunidad científica. 

La empresa alegó que, al entregar copias de las obras, se verán afectados los derechos de autor y conexos, repercutiendo negativamente en la normal explotación de las obras y fonogramas, además de que causaría una afectación a derechos humanos.

La empresa alegó que, al entregar copias de las obras, se verán afectados los derechos de autor y conexos, repercutiendo negativamente en la normal explotación de las obras y fonogramas, además de que causaría una afectación a derechos humanos.

La ley establece la entrega de dos ejemplares a la Biblioteca de México; dos ejemplares a la Biblioteca del Congreso de la Unión, y dos ejemplares a la Biblioteca Nacional de México. En el caso de las obras publicadas en formatos electrónico, analógico o digital, debe proporcionarse un solo ejemplar por institución con los materiales complementarios que permitan su consulta y preservación.

El secretario en funciones de juez del juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, determinó negar la suspensión provisional solicitada, porque consideró que el estatuto busca la mejora de los servicios que las bibliotecas públicas ofrecen. 

Indicó que la obligación de entregar los ejemplares fue para lograr el acceso a la cultura, la educación y el conocimiento, desde el ámbito de la biblioteca pública, además de combatir la desigualdad, el bajo rendimiento escolar y la falta de espacios sociales en donde se tenga un acceso de libre expresión a la cultura.

Además de garantizar el acceso a la lectura y a las nuevas tecnologías; lograr el acceso universal a la información y el conocimiento; contribuir a detonar los detonar los procesos de equidad y democratización en las sociedades cada vez más globales; disminuir la brecha digital; consolidar la innovación educativa y la renovación de prácticas bibliotecarias en los procesos académicos y culturales, entre otros.

“Asimismo, se desprende que la obligación de todos los editores y productores de libros, publicaciones periódicas, catálogos, folletos y pliegos que deberán entregar ejemplares de todas sus ediciones y producciones, así como de las obras electrónicas, a la Biblioteca de México, a la Biblioteca del Congreso de la Unión, a la Biblioteca Nacional de México, tuvo su origen en que se declarara de interés público la recopilación, integración, almacenamiento, custodia y conservación de toda obra de contenido educativo, cultural, científico, técnico o de esparcimiento, distribuida para su comercialización o de manera gratuita”, detalló.

Por este motivo, apuntó que no existen elementos que permitan advertir que al fomentar y garantizar la educación estableciendo instrumentos para la difusión cultural, la consolidación de la memoria comunitaria y el progreso educativo, constituya una afectación a los derechos de la editorial quejosa.

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