sábado, 12 de julio de 2008

Proponen al cabildo de Guadalajara, la creación del giro "Centro Artístico y Cultural"


Evitaría que dueños de pequeños teatros tengan que obtener permisos como loncherías y proponen al cabildo la creación del giro "Centro Artístico y Cultural"

La iniciativa dará estatus específico a artistas y promotores culturales: Miryam Vachez

CECILIA DURAN

Los centros culturales requieren una regulación especial por parte de la alcaldía de Guadalajara.

Los centros culturales requieren una regulación especial por parte de la alcaldía de Guadalajara Foto: HECTOR JESUS HERNANDEZ

La regidora Miryam Vachez Plagnol presentó en la sesión de cabildo tapatío una iniciativa de acuerdo para incluir el giro "Centro rtístico y Cultural" en el Reglamento para el funcionamiento de giros comerciales, industriales y de prestación de servicios del municipio.

Esta iniciativa responde a la solicitud que hicieron 10 propietarios de centros culturales de la ciudad, que han manifestado su inconformidad porque al no existir dicho giro, deben solicitar permisos como loncherías, cenadurías o peñas y cada vez que un grupo de teatro hace su presentación, tienen que dirigirse al municipio a pedir la licencia correspondiente.

"La propuesta consiste en dar un estatus a las personas de la sociedad civil, artistas o promotores culturales, o simplemente empresarios que han querido presentar y fomentar el arte en sus negocios, pero no existe una licencia para ellos. Es decir, por ejemplo, Rojo Café tiene una licencia de restaurante- bar, y presenta teatro. Cada vez que presenta un espectáculo de teatro tiene que ir a sacar la licencia y sacar su boletaje. Lo que queremos es crear el concepto Centros Culturales, eso sí, disminuyendo el porcentaje de cualquier otro giro como cafetería, restaurant. Sí se les permite venta de alcohol pero su principal actividad debe ser el fomento y la cultura del arte", explicó la regidora.

Por tal motivo, en su iniciativa indica que Centro Artístico y Cultural es aquel establecimiento "de construcción cerrada o abierta, cuya principal actividad es la exposición y presentación de todas las expresiones artísticas y culturales, tales como danza, pintura, escultura, teatro, música, literatura, cortometraje, apoyando a los nuevos valores locales y regionales en sus diversas manifestaciones culturales. El horario de apertura de los centros artísticos y culturales será de 9 a 1 del día siguiente".

También aclara que en dichos establecimientos se autoriza la venta de vinos de baja graduación hasta 14° y/o cerveza, acompañados forzosamente de alimentos.

Los recintos podrán contar con un espacio de cafetería para venta de alimentos fríos, refrescos, agua, café y té así como las bebidas alcohólicas especificadas. El espacio de cafetería no deberá rebasar el 50 por ciento de la superficie total del establecimiento. Podrán también disponer de un espacio para la venta de arte, contar un área para biblioteca y con salas o áreas destinadas a la impartición de talleres.

En el caso de presentación de espectáculos teatrales, musicales y de danza, la expedición de la licencia correspondiente a este giro amparará la presentación diaria de dichos espectáculos, con un aforo máximo permitido de 100 asistentes por función, pudiéndose cobrar a los asistentes una cuota de recuperación. En caso de ser mayor el aforo, se deberá cubrir el impuesto al espectáculo.

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